Aunque cédula menores está en Ley 15-19; Conani dice JCE no le consultó

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Tomás Polanco, vicepresidente; Paula Disla, directora ejecutiva; Dorina López, gerente deneral y Cecilia Jiménez, jurídica Conani.

Destacó que los niños y niñas no necesitan demostrar su minoría de edad

Aunque la expedición de cédulas de identidad a menores de 12 años es un mandato contemplado en la nueva Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19 que ordena a la Junta Central Electoral (JCE) reglamentar la disposición, el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) alega no haber sido consultado para poner en marcha esta normativa.

La prerrogativa refiere que será voluntaria su adquisición y que los interesados deberán presentar su acta de nacimiento para la obtención. En ese sentido, Conani, en su rol de encargado de las políticas públicas para niños, niñas y adolescentes emitió ayer un comunicado en el que entiende que se debió tomar en consideración el marco legal nacional e internacional del Sistema de Protección a la Niñez y la Adolescencia.

El órgano protector de la niñez indica que se debió tomar en cuenta la Constitución de la República y su artículo 56; la ley 136-03 sobre los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes; la Ley orgánica 66-97 de Educación; la ley 24-97 de violencia intrafamiliar y la Convención sobre los Derechos del Niño.

“Entendemos que las carencias de esta resolución van a recaer directamente en la vida de los niños y niñas, especialmente de nuestras niñas, evidenciando las desigualdades de género y afectando su desarrollo integral”, expresó Paula Disla, directora ejecutiva de Conani.

La resolución 74-2020 emitida por la JCE establece que serán portadores de la cédula de identidad las siguientes personas: 1. Los y las menores de edad que hayan cumplido los doce años; 2. El personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y cuerpos de policía; 3. Los extranjeros residentes, ya sea en condición provisional o permanente.

Sobre el tema, el presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños Guzmán, aclaró que la autorización de expedición de cédula de identidad a menores de 12 años no es un trámite que deba realizarse de forma obligatoria, la Ley 15-19 aduce que es voluntaria.

Explicó que en cumplimiento de esa legislación se entregará el documento a los menores, quienes en compañía de uno de sus padres o representante legal debidamente acreditado manifiesten la intención obtenerlo.

“Este es un documento único para la identificación del mismo y el mismo podría ser empleado para una debida identificación tanto en los ámbitos escolares como en el sector salud, información sobre el tipo de sangre, entre otros datos del menor de edad”, refirió la JCE.

Conani invita a trabajar en coordinación
El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) invitó a la Junta Central Electoral a trabajar en coordinación para la revisión de esta resolución y una posible revocación de la medida, por considerar que en estos momentos se debe propiciar una cultura de respeto a toda la niñez, que sin importar la vulneración, los menores siguen siendo niños y niñas.

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